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21 MAYO 2021

Advertencia sobre la web AESOR

AESOR ha enviado un requerimiento al titular de un dominio con otra terminación, pero idéntico a nuestra denominación AESOR, sobre la que esta Asociación ostenta derechos registrales anteriores.

El empleo de la marca AESOR en dicho dominio (www.aesor.es) no se trata de una mera coincidencia, sino que su intención parece ser aprovecharse de la reputación y excelencia de nuestra Asociación (www.aesor.org).

Este uso no es solo inconsentido, sino que, además, es un uso engañoso pues, tal y como hemos podido comprobar, no goza del respaldo de las instituciones que menciona en su página web, que son absolutamente desconocedoras de la supuesta membresía a la asociación que anuncian.

Estos hechos constituyen a nuestro entender claros actos de infracción de marca. Esta utilización inconsentida, tal y como reza el artículo 6 de la Ley de Marcas, constituye un ilícito, perseguible conforme a los arts. 34 y 40 ss. de la Ley 17/2001 de Marcas, que da derecho a solicitar no sólo el cese en su uso, sino también la indemnización de los daños y perjuicios sufridos.

El uso de una marca ajena es incluso un delito contra la Propiedad Industrial e Intelectual, conforme al art. 274 y ss. de la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, con penas de 1 a 4 años de prisión y multas.

Por tal razón AESOR ha remitido un requerimiento al titular del citado dominio para que cese en el plazo máximo de 10 días en la utilización y/o reproducción de la marca AESOR o similar, proceda de inmediato a la eliminación del contenido del dominio www.aesor.es, cese en la publicidad de AESOR online y offline, retirando de la misma cualquier referencia a AESOR y finalmente, cese en la acción de captación de ortodoncistas por consistir en un acto de Competencia Desleal de engaño, confusión y aprovechamiento de reputación ajena.